CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda, la Jueza 2ª de Partido del Trabajo y Seguridad
DISTRITO: Oruro
PARTES: Roberto Maldonado Loayza c/ Universidad Técnica de Oruro
VISTOS:El Recurso de Nulidad o Casación de fs. 116-117, interpuesto por el actor CARLOS ROBERTO MALDONADO LOAYZA, en contra del Auto de Vista Nº 143/2007 de fecha 15/5/2007, cursante de fs. 112-113 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso de beneficios sociales instaurado en contra dela entidad educativa demandada UNIVERSIDAD TÉCNICA DE ORURO, representada legalmente por su Rector Subrogante JUAN MEDINA FLORES, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda, la Jueza 2ª de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Oruro, pronunció la Sentencia Nº 45/2006 de fecha 14/10/2006, cursante de fs. 92-94 vta., declarando PROBADA la demanda, e IMPROBADAS las EXCEPCIONES DE COSA JUZGADA, IMPROCEDENCIA EN LA DEMANDA Y PRESCRIPCIÓN, sin costas y disponiendo que la entidad demandada pague a favor del actor la suma de Bs. 23.442,42, por concepto de desahucio
- AUTO SUPREMO Nº 612 Social Sucre, 16 de noviembre de 2010
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda, la Jueza 2ª de Partido del Trabajo y Seguridad
- Deducida la apelación, interpuesta por la entidad educativa demandada, la Sala Social y Administrativa de
- Contra ésta decisión, el actor interpuso el Recurso de Nulidad o Casación de fs
- Concluye solicitando se case el A
- CONSIDERANDO II:Que, a efecto de resolver el recurso de casación planteado, ingresando a su análisis
- Asimismo, consta de fs
- En base a dichos razonamientos, se puede evidenciar la existencia de un proceso previo al
- De donde se infiere que, al emitirse el Auto de Vista recurrido no se han
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
