POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por el art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación presentado por, Jhanet Ivon Revollo Coca, a fs. 115-116
- CONSIDERANDO: Que, Jhanet Ivon Revollo Coca en su recurso de casación de fs
- Con tales argumentos pide se deje sin efecto el Auto de Vista y se ordene
- CONSIDERANDO: Que, en el caso presente, se presentan dos situaciones a analizar; previamente es preciso
- En el caso de Autos de obrados, en primer lugar se evidencia que la recurrente
- En segundo lugar, los arts
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 4/2010
