Auto Supremo AS/0521/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0521/2010

Fecha: 08-Dic-2010

De ahí que resulta correcta la apreciación del a quo, en sentido que los descargos,


De ahí que resulta correcta la apreciación del a quo, en sentido que los descargos, solo ratifican, que el gasto realizado se encuentra fuera de los alcances establecidos en el art. 20 parágrafo I de la Ley de Participación Popular, vale decir, las compras de material deportivo para donaciones u obsequios a funcionarios del Estado es una inadecuada inversión de los recursos de coparticipación tributaria; el mismo coactivado en su descargo confiesa que dicha resolución fue emitida en un ambiente de presión, advirtiendo que si en el futuro se presentaren problemas por esa decisión, el sindicato debía asumir las consecuencias, lo que no le exime de la responsabilidad civil solidaria establecida en el art. 31 inciso c) de la Ley Nº 1178