Auto Supremo AS/0559/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0559/2010

Fecha: 15-Dic-2010

b) Que, las personas que concurren eventualmente para la contribución y funcionamiento de sus fines


b) Que, las personas que concurren eventualmente para la contribución y funcionamiento de sus fines y objetivos son consideradas "funcionarios públicos" y no trabajadores dependientes sujetos a la Ley General del Trabajo, pese a la disposición legal del art. 1º de la Ley Nº 1907 de 6 de noviembre de 1998 que dispone que a partir de su promulgación el personal que se incorpore a formar parte del Poder Legislativo tendrá la calidad de "servidor público", toda vez que ni el juez de mérito como el tribunal de alzada no esclarecen cuál es la disposición legal que antes de la vigencia de dicha norma disponía que los funcionarios del Congreso tenían la calidad de trabajadores dependientes y que estaban bajo la protección de la Ley Especial de Trabajadores