Auto Supremo AS/0662/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0662/2010

Fecha: 08-Dic-2010

A mayor abundamiento es menester señalar que los plazos procesales según la línea que ha


A mayor abundamiento es menester señalar que los plazos procesales según la línea que ha adoptado este Tribunal Supremo, a través de los numerosos autos supremos entre ellos el A.S. 258 de 18 de diciembre del 2003, refiere que los plazos son perentorios, corren de momento a momento y la extemporaneidad en su presentación impide que se abra la competencia de este tribunal para tomar conocimiento de la causa, consecuentemente corresponde dar aplicación al Art. 262 inc.1), 271 inc. 1) y 272 inc. 1) todos del Código de Procedimiento Civil, en virtud de la norma remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo