CONSIDERANDO I
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Teofila Montaño Vda. de Saldias c/ SENASIR
VISTOS: El Recurso de Casación en el Fondo de fs. 217-218, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto "SENASIR", representado legalmente por su Administradora Regional Santa Cruz MARLENE DEL ROSARIO GUTIÉRREZ OLIVERA, contra el Auto de Vista Nº 189/09, de fecha 23/4/2009, cursante a fs. 215 y vlta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso administrativo de Reclamación de Renta Única de Vejez seguido por TEÓFILA MONTAÑO VDA. DE SALDÍAS, en su condición de Derechohabiente de quien en vida fue RUFINO SALDÍAS VEIZAGA, contra el SENASIR, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I. Que, la Comisión de Calificación de Rentas ha emitido la Resolución Nº 018076, de fecha 8/12/2005, cursante a fs. 115, que OTORGA la Renta Única de Vejez equivalente al 70% del promedio salarial de la rentista, en el monto de Bs. 567,16 del cual corresponde a la básica el 30% (Bs. 243,07) y a la complementaria el 40% (Bs. 324,09) renta que se pagará a partir de noviembre/2005
- AUTO SUPREMO Nº 677 Reclamación Sucre, 15 de diciembre de 2010
- CONSIDERANDO I
- A raíz de dicha Resolución, la parte actora interpuso Recurso de Reclamación en fecha 25/1/2006,
- Posteriormente, en apelación promovida por la parte asegurada que cursa de fs
- De este modo, el SENASIR interpuso el Recurso de Casación en el Fondo de fs
- Añaden además que, el afiliado presentó testimonio de Proceso Voluntario sobre Cancelación de Partida de
- A mérito de lo expuesto, la entidad recurrente acusa como normas legales transgredidas los arts
- CONSIDERANDO II:Que, a efectos de resolver el recurso de casación planteado, ingresando a su análisis
- En mérito a lo expuesto, corresponde dar cumplimiento a las disposiciones legales contenidas en los
- POR TANTO:La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 15 de diciembre de 2010
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
