Que, resolviendo la apelación restringida interpuesta por el imputado Tomás García Michel, el Tribunal ad
Que, resolviendo la apelación restringida interpuesta por el imputado Tomás García Michel, el Tribunal ad quem expidió el Auto de Vista de fojas 161 a 164, confirmando totalmente la sentencia impugnada. Contra dicho Auto de Vista, ha recurrido de casación el imputado señalado en el exordio (fojas 178 a 184)
- CONSIDERANDO: que luego de cumplido todo el procedimiento establecido por la Ley 1970, el Tribunal
- Que, resolviendo la apelación restringida interpuesta por el imputado Tomás García Michel, el Tribunal ad
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación indefectiblemente deben concurrir los presupuestos contenidos
- Que, en este contexto, luego del análisis del recurso planteado, se concluye que el recurrente
- En definitiva, era obligación del recurrente cumplir con los requisitos mínimos comunes a la admisibilidad
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- ibro de Tomas de Razón 4/2010
