Que el recurso de casación interpuesto por el defensor de los procesados Gerardo Racua Da
Que el recurso de casación interpuesto por el defensor de los procesados Gerardo Racua Da Silva y Edwin Rocha Vaca, que denunció vulneración al debido proceso, la Constitución Política del Estado, al haberse vulnerado el artículo 21 de la norma magna, asimismo señala inobservancia de la ley adjetiva, por haber sido sentenciados con pruebas obtenidas en inobservancia de la ley. Invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2004, fallo que no corresponde a un caso similar
- Partes: Ministerio c/ Charles Melgar Zarco y otros
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Charles Melgar Zarco (fojas 252 a 254) por
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos
- Que el recurrente Charles Melgar Zarco, denunció que el Auto de Vista recurrido vulnera los
- Que en cuanto al recurso de casación interpuesto por Lorgio Romero Ojeda, al igual que
- Que el recurso de casación interpuesto por el defensor de los procesados Gerardo Racua Da
- Que de lo expuesto se deriva que ninguno de los recursos de casación ha cumplido
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
