Auto Supremo AS/0072/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0072/2010

Fecha: 31-Mar-2010

En cuanto al recurso en la forma, tampoco es evidente la acusada errónea aplicación del


En cuanto al recurso en la forma, tampoco es evidente la acusada errónea aplicación del art. 131 de la Ley de Municipalidades N° 2028, toda vez que de obrados se desprende que a fs. 61 ya se había ordenado la citación a la Alcaldía de Uncía, citación que fue cumplida conforme se desprende de la diligencia cursante a fs. 62 vlta., empero al haberse anulado obrados por auto de fs. 180 a 182 y haber declinado competencia el juez Instructor Mixto Liquidador y Cautelar de Uncía ante quien se estaba tramitando la causa, remitido que fue el proceso a conocimiento del juez competente, a fs. 194 nuevamente se procedió a la notificación de la Alcaldía Municipal de Uncía, en la persona del Alcalde, dándose así cabal cumplimiento a lo establecido en el precitado art. 131 de la Ley de Municipalidades, conforme ya lo hizo notar correctamente el Tribunal ad quem en el auto de vista recurrido