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    Auto Supremo AS/0105/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0105/2010

    Fecha: 30-Mar-2010

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    • AUTO SUPREMO Nº 105 - Coactivo Fiscal Sucre, 30 de marzo de 2010
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal a demanda de Carmen Lorena Bernal Cruz,
    • En grado de apelación deducido por la representante legal de la coactivada, la Sala Social
    • Que contra la referida resolución de vista, la coactivada interpuso el recurso de casación materia
    • Acusa, asimismo, infracción del art
    • Como casación en la forma, acusa infracción del art
    • Concluye solicitando la casación del auto de vista y se disponga la admisión del descargo
    • A efectos de establecer cual de las dos normas es aplicable en autos, se debe
    • b) De otro modo, esto es, de considerarse como válida una segunda notificación posterior, supondría
    • Siguiendo el razonamiento expuesto, para el caso resulta aplicable la norma contenida en el art
    • 2
    • Sin embargo de lo anterior y aún considerándose válida la ampliación de plazo, la coactivada,
    • En el caso de autos, la coactivada no reclamó oportunamente la deficiencia que ahora reclama,
    • Asimismo, el hecho de haberse practicado una segunda notificación en nada afectaba sobre su derecho
    • Por otro lado la nulidad por la nulidad misma que se pretende en el recurso
    • En mérito a lo expuesto se concluye que, no existe mérito para la nulidad impetrada
    • Por lo relacionado precedentemente se advierte que el tribunal de alzada ha realizado una correcta
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Sin costas en aplicación de la ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990
    • Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.

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