Auto Supremo AS/0110/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0110/2010

Fecha: 31-Mar-2010

Que contra la resolución de vista, Serafín Barrón Romero, en su calidad de representante legal


Que contra la resolución de vista, Serafín Barrón Romero, en su calidad de representante legal del IPTK, interpone el recurso de casación en el fondo de fs. 158-160, acusando la vulneración de los arts. 16-II de la C.P.E., porque -dice- dejaron en indefensión al IPTK por no haberse valorado las pruebas de cargo; art. 120 de la L.G.T., porque se reconocieron al actor derechos por el período 3/04/90 al 31/03/96 y de años posteriores que ya han prescrito; arts. 4, 155 y 202 del Cód. Proc. Trab., por no haber dinámica en la dirección del proceso no habiéndose dispuesto se practiquen pruebas periciales de liquidación y reliquidación que eran menester, y porque no se pronunciaron sobre todos los puntos apelados; agrega la violación de la Ley de 18 de diciembre de 1994, que prohíbe el pago doble del aguinaldo cuando ha sido cancelado oportunamente