En consecuencia, de lo precedentemente expuesto, se concluye que los Tribunales de instancia, han actuado
En consecuencia, de lo precedentemente expuesto, se concluye que los Tribunales de instancia, han actuado dentro de los cánones legales pertinentes resultando sin ningún asidero fáctico menos legal los aspectos afirmados por el recurrente en el recurso en estudio, por lo que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el mismo, corresponde declararlo infundado
- PARTES: Ministerio Público c/ Adrián Revollo Fernández y Otros. Tráfico de Sustancias Controladas
- MINISTRA RELATORA: Dra. Ana Maria Forest Cors
- CONSIDERANDO: Que una vez tramitado el proceso penal señalado al exordio, el Juzgado de Partido
- Apelada la decisión, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de
- Que la abogada Defensora de Oficio del citado procesado en el recurso en estudio arguyó
- Que, de la revisión de los datos del proceso en contraste con el fundamento del
- En efecto, a través de las Diligencias de Policía Judicial (fs
- Por otra parte, conforme consta de fs
- En consecuencia, de lo precedentemente expuesto, se concluye que los Tribunales de instancia, han actuado
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATORA: Ministra Dra. Ana Maria Forest Cors
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
