Auto Supremo AS/0118/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2010

Fecha: 31-Mar-2010

Que la abogada Defensora de Oficio del citado procesado en el recurso en estudio arguyó


Que la abogada Defensora de Oficio del citado procesado en el recurso en estudio arguyó violación de los arts. 7-d), 16-1), 157-1) de la Constitución Política del Estado y del art. 2 del Pacto de San José de Costa Rica, indicando que el Auto de Vista al confirmar una injusta sentencia estaría convalidando una ilegalidad, en virtud a que durante el proceso el Ministerio Público no aportó ni una sola prueba que incrimine al procesado, más al contrario los Jueces de grado no valoraron las pruebas de descargo, menos tomaron en cuenta que el derecho a la persona en juicio es inviolable y que ante la inexistencia de prueba plena, nunca se debió dictar una sentencia condenatoria, pues, siempre es preferible absolver al culpable que condenar al inocente. En suma, la defensora de oficio manifestó que en autos no se demostró categóricamente el delito de tráfico de sustancias controladas y no se valoraron todas las pruebas presentadas tanto por el imputado cuanto por el Ministerio Público, por lo que impetra a este Tribunal se case el Auto de Vista y sea con todas las formalidades de ley -textual-