Auto Supremo AS/0084/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0084/2010

Fecha: 15-Abr-2010

No interviene la ministra Rosario Canedo Justiniano por haberse dispuesto su suspensión por la Cámara


POR TANTO: La Sala Plena de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución que le reconoce el num. 21 del artículo 55 de la Ley de Organización Judicial y los artículos 557 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la sentencia de divorcio pronunciada por el Juez Árbitro del Condado e Nueva York de la Circunscripción del mismo nombre de los Estados Unidos de Norteamérica, que debidamente traducida del idioma inglés al español, cursa a fojas 5 y cumpliendo con la previsión del articulo 560 de la norma legal referida, ordena su cumplimiento por el Juez de Partido de Familia de Turno de la ciudad de La Paz, quien dispondrá la cancelación de la correspondiente partida de matrimonio, asentada bajo el Nº 2 del Folio Nº 2 del Libro Nº 1-2005 en la Oficialía del Registro Civil Nº 210111 de fecha 2 de julio de 2005.

No interviene la ministra Rosario Canedo Justiniano por haberse dispuesto su suspensión por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional