Auto Supremo AS/0087/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0087/2010

Fecha: 15-Abr-2010

POR TANTO: La Sala Plena de la Excma


POR TANTO: La Sala Plena de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución que le reconoce el num. 21 del articulo 55 de la Ley de Organización Judicial y los artículos 557 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la sentencia de divorcio que debidamente traducida del idioma ingles al español cursa a fojas 9-10 y cumpliendo con la previsión del articulo 560 de la norma legal referida, ordena su cumplimiento por el Juez de Partido de Familia de Turno de la ciudad de Santa Cruz, quien dispondrá la cancelación de la correspondiente partida de matrimonio, asentada bajo el Nº 358 del Folio Nº 358 del Libro Nº 2 en la Oficialía del Registro Civil Nº 1439 de fecha 21 de febrero de 1970