Auto Supremo AS/0095/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2010

Fecha: 11-Abr-2010

POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con


POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución que le confieren el numeral 219 del artículo 55 de la Ley de Organización Judicial y el artículo 557 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la sentencia de divorcio de 17 de julio de 2008 pronunciada por el Juzgado Segundo de Partido de Familia Regional de Barra de Tijica de Río de Janeiro de la República Federal del Brasil, que declaró disuelto el vínculo matrimonial; y en consecuencia DISPONE que el Juez de Partido de Familia de Turno de la ciudad de La Paz ordene la cancelación de la Partida inscrita de acuerdo al artículo 58 de la Ley del Registro Civil en la Oficialía Nº DRCSMC, Libro Nº 1-2005, Partida Nº 38, Folio Nº 38 el 7 de octubre de 2005, del Departamento de La Paz, Provincia Murillo en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, con las formalidades de Ley