Auto Supremo AS/0095/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2010

Fecha: 11-Abr-2010

Que la documentación adjuntada acredita que los que fueron cónyuges contrajeron matrimonio civil el 17


Que la documentación adjuntada acredita que los que fueron cónyuges contrajeron matrimonio civil el 17 de febrero de 2005 en la ciudad de La Paz, y que el 27 de septiembre de 2006 se decretó su separación consensual por el Juez Segundo de Partido de Familia de Barra de Tijuca de Río de Janeiro, estableciendo que no existen bienes para repartir y ninguna posibilidad de reconciliación entre ellos. Posteriormente, una vez cumplidos los trámites de Ley, se dictó la sentencia de 17 de julio de 2008 por el Juez Segundo de Partido de Familia Regional de Barra de Tijuca de Río de Janeiro de la República Federal del Brasil, decretando la conversión de la separación en divorcio, que se encuentra ejecutoriada desde el 22 de enero de 2009, según documento que merece la fe probatoria que le asignan los artículos 1287, 1294, 1296 y 1534 del Código Civil