CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación, emitió la resolución
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 227-228, interpuesto por Mirvia Arrieta Montesinos, apoderada legal de Yoni Yamil Exeni León, Director General Ejecutivo a.i del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 32/2009 de 19 de marzo de 2009, cursante a fs. 220-222, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso de reclamación seguido por Simona Isla Vargas contra el SENASIR, la respuesta de fs. 231, el auto que concede el recurso de fs. 232, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación, emitió la resolución Nº 1028/08 de 2 de octubre de 2008, cursante a fs. 171-173, resolviendo confirmar la Resolución Nº 008017 de 2 de octubre de 2006 pronunciado por la Comisión de Calificación de Rentas de 2 de octubre de 2006 (fs. 64-65) que desestimó la solicitud de Renta de Viudedad interpuesta por Simona Isla Vargas, quien a momento de formular la solicitud del beneficio no se encontraba libre de estado para contraer matrimonio con el titular de la renta Francisco Quintanilla Moya
- DISTRITO: Potosí PROCESO: Administrativo
- PARTES: Simona Isla Vargas c/ SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación, emitió la resolución
- En grado de apelación deducido por Simona Isla Vargas (fs
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- Asimismo reclama que la interesada al momento de contraer matrimonio con el beneficiario de la
- Concluye solicitando que en aplicación de lo establecido por el art
- CONSIDERANDO II: Así expuesto el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a los
- El Código de Seguridad Social, es un conjunto de normas que tiende a proteger la
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- Por todo lo relacionado precedentemente, el recurso analizado debe ser resuelto en la forma prevista
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación del art
- Relator:Ministro Esteban Miranda Terán
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
