CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero de Partido de Trabajo y
DISTRITO: Tarija
PARTES: Tatiana Arcienega Torrejón c/ U.A.P.A.F. COFADENA
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VISTOS: El recurso de Nulidad y Casación en el fondo de fs. 163-164, interpuesto por JAVIER CARPIO NAVA, en representación legal de la UNIDAD DE PRODUCCION AGRICOLA BERMEJO (U.A.P.A.B) dependiente de la CORPORACION DE LAS FUERZAS ARMADAS PARA EL DESARROLLO NACIONAL (COFADENA) Y DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, impugnando el Auto de Vista Nº 92/2006 de 23 de marzo de 2006 cursante a fs.159 y 159 vlta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso social que sigue TATIANA ARCIENAGA DE TORREJON representada por DANNY LUJAN ARCIENEGA DE ARIAS contra UNIDAD DE PRODUCCION AGRICOLA BERMEJO, la respuesta de fs. 167-168, el auto que concede el recurso de fs.168 vlta., Los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Tarija, emitió la Sentencia Nº 58/2005 de 15 de octubre de 2005 (fs. 139-141), declarando probada en parte la demanda, con costas, interpuesta por TATIANA ARCIENEGA TORREJON a través de su apoderada DANNY LUJAN ARCIENEGA DE ARIAS, disponiendo que la entidad demandada pague a la actora los beneficios sociales demandados, por haberse demostrado la relación laboral continuada por 2 años 5 mes y 12 días con un sueldo indemnizable de Bs. 1.236, en la suma de Bs. 16.497.50 por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo, vacación, sueldos devengados, y horas dominicales, conforme la liquidación contenida en sentencia
- AUTO SUPREMO Nº 148 - Social Sucre, 14 de abril de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero de Partido de Trabajo y
- En grado de apelación formulada por el representante de la Institución demandada (fs
- Que contra el Auto de Vista, JAVIER CARPIO NAVA, en representación de la UNIDAD DE
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, de la revisión de los antecedentes procesales, se
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- Consiguientemente no hallando mérito las infracciones de forma y fondo acusadas, mucho menos para la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 14 de abril de 2010
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
