CONSIDERANDO: Del estudio y análisis exhaustivo del proceso, se llega a establecer respecto al primer
CONSIDERANDO: Del estudio y análisis exhaustivo del proceso, se llega a establecer respecto al primer aspecto cuestionado por el imputado en su Recurso de Casación, que conforme se advierte del memorial del Recurso de Apelación Restringida (fojas 164 a 165), no es evidente que hubiera solicitado expresamente se señale día y hora de audiencia de fundamentación complementaria de la Apelación Restringida, formulada al tenor del artículo 411 del Código de Procedimiento Penal, el Tribunal de Alzada tiene la facultad potestativa de convocar a una Audiencia Pública en caso de que se haya ofrecido prueba o se haya solicitado expresamente la audiencia de fundamentación; sin que ninguno de estos extremos haya acontecido en el caso de autos, por lo que se colige que la Corte de Apelación consideró adecuadamente el memorial del Recurso de Apelación Restringida del imputado y procedió a resolver el mismo mediante el Auto de Vista ahora impugnado. Consecuentemente, no es atendible esta denuncia planteada por el hoy recurrente, al no existir lesión al derecho a la Defensa
- PARTES: Ministerio Público c/ Apolinar Herrera Revollo
- Tráfico de Sustancias Controladas
- MINISTRA RELATORA: Dra. Ana Maria Forest Cors
- CONSIDERANDO: Que, contra la Sentencia recurrió en Apelación Restringida el imputado (fojas 164 a 165);
- Por lo que, el encausado interpuso Recurso de Casación (fojas 181 a 183), recurso que
- CONSIDERANDO: Del estudio y análisis exhaustivo del proceso, se llega a establecer respecto al primer
- Por todo lo precedentemente expuesto, no corresponde dar curso al Recurso de Casación formulado, sino
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATORA: Ministra Dra. Ana Maria Forest Cors
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
