Por el razonamiento expuesto, corresponde que este Tribunal Supremo determine la improcedencia del recurso de
Por el razonamiento expuesto, corresponde que este Tribunal Supremo determine la improcedencia del recurso de casación en el fondo, sin embargo, haciendo uso de la facultad conferida por el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, es pertinente analizar los fundamentos del Auto de Vista impugnado a efectos de determinar si la nulidad dispuesta por el Tribunal de segunda instancia está conforme a derecho o no
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez 9no
- Contra el referido Auto de Vista, el demandante interpuso recurso de casación en la forma
- Por otra parte, denunció que el Auto de Vista conculca y viola el art
- CONSIDERANDO: Que la jurisprudencia sentada por este Tribunal estableció de manera reiterada que el recurso
- Por otro lado, considerando la naturaleza jurídica de los recursos extraordinarios señalados, es pertinente indicar
- CONSIDERANDO: Que, en la especie es menester dejar establecido que el Tribunal de segunda instancia
- En este contexto, es lógico inferir que el análisis realizado por el Tribunal de segunda
- Estos aspectos no fueron adecuadamente considerados por el recurrente, que confundiendo la naturaleza jurídica que
- Por el razonamiento expuesto, corresponde que este Tribunal Supremo determine la improcedencia del recurso de
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de segunda instancia de manera coherente, analizó todos los vicios procedimentales
- En consecuencia, siendo evidente el incumplimiento de las exigencias previstas, debe concluirse que el Tribunal
- POR TANTO:La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 1/2010
