En ese marco y dada la naturaleza jurídica de cada acción extraordinaria que se revisa,
En ese marco y dada la naturaleza jurídica de cada acción extraordinaria que se revisa, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo, se deben circunscribir los hechos denunciados a las causales de procedencia establecidas por el art. 253 del citado procedimiento, del mismo modo, si se plantea en la forma, las denuncias deben adecuarse a las previsiones del art. 254 del adjetivo civil citado. En ambos casos, son de inexcusable cumplimiento los requisitos establecidos en la norma del artículo 258 del procedimiento civil, es decir, se debe citar en términos claros, concretos y precisos la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, no siendo suficiente su simple cita
- DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social
- PARTES: Rita Ríos Varela c/ Snack JHOVY
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación deducido por la parte demandada (fs
- Que contra la resolución de vista, la apoderada legal del demandado, interpone recurso de casación
- CONSIDERANDO II: Que la jurisprudencia sentada por este Tribunal estableció de manera reiterada que el
- En ese marco y dada la naturaleza jurídica de cada acción extraordinaria que se revisa,
- Consiguientemente, en virtud de la naturaleza jurídica del recurso de casación en el fondo, no
- En mérito a estas características, la forma de resolución de esta acción extraordinaria, también adopta
- Que en la especie, el recurrente no cumplió con las obligaciones procesales anteriormente descritas no
- En consecuencia, siendo evidente la inobservancia de la adecuada técnica en la interposición del presente
- POR TANTO: La Sala Social Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Relator:Ministro Esteban Miranda Terán
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
