Que contra la resolución de vista, la apoderada legal del demandado, interpone recurso de casación
Que contra la resolución de vista, la apoderada legal del demandado, interpone recurso de casación en el fondo (fs. 132-133), expresando una relación de antecedentes, denunciando como violados los arts. 16 incisos d) y f) de la L.G.T., 150, 159, 166 y 169 del Cód. Proc. Trab, además de los principios que rigen en materia laboral, realizando transcripciones parciales de algunas de las disposiciones legales precitadas, pretendiendo la casación del auto de vista, pues los jueces de la causa no observaron los principios IURA CURIA NOVIT y ADVOCATI PARTIUN JUDEX SUPLET
- DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social
- PARTES: Rita Ríos Varela c/ Snack JHOVY
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación deducido por la parte demandada (fs
- Que contra la resolución de vista, la apoderada legal del demandado, interpone recurso de casación
- CONSIDERANDO II: Que la jurisprudencia sentada por este Tribunal estableció de manera reiterada que el
- En ese marco y dada la naturaleza jurídica de cada acción extraordinaria que se revisa,
- Consiguientemente, en virtud de la naturaleza jurídica del recurso de casación en el fondo, no
- En mérito a estas características, la forma de resolución de esta acción extraordinaria, también adopta
- Que en la especie, el recurrente no cumplió con las obligaciones procesales anteriormente descritas no
- En consecuencia, siendo evidente la inobservancia de la adecuada técnica en la interposición del presente
- POR TANTO: La Sala Social Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Relator:Ministro Esteban Miranda Terán
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
