Que el 21 de noviembre de 2003 se dictó la Sentencia (fojas 640 a 643)
Que el 21 de noviembre de 2003 se dictó la Sentencia (fojas 640 a 643) que absolvió de culpa y pena al procesado por los delitos que motivaron su juzgamiento. Con posterioridad, el proceso pasó al Tribunal de Alzada debido al recurso de apelación que interpuso la parte querellante, confirmándose la sentencia por Auto de Vista de 3 de marzo de 2004 (fojas 665 y 666), decisión que originó que la querellante interponga recurso de casación (fojas 669 a 676) sin que a la fecha hubiera concluido el proceso con un fallo ejecutoriado
- Delitos: Estafa y estelionato
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 669 a 676), interpuesto por Euremia Mancilla Carreón, impugnando
- CONSIDERANDO: que en el caso de autos se advierte, que, en atención a la denuncia
- Que el 21 de noviembre de 2003 se dictó la Sentencia (fojas 640 a 643)
- CONSIDERANDO: que siendo la excepción de la extinción de la acción penal de previo y
- Que se ha podido apreciar que en la tramitación del proceso no se han observado
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
