CONSIDERANDO: Que, a partir del hecho descrito en la Declaración Informativa Policial del hoy recurrente
VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal formulada por el imputado, Avelino Choque (fojas 93 a 94); el Requerimiento Fiscal respecto a la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo de 18 de julio de 2008 (fojas 99 a 101), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Avelino Choque, por los delitos de Parricidio y Robo Agravado, tipificados en los arts.253 y 232 numeral 1) y 2) del Código Penal, sus antecedentes, y;
CONSIDERANDO: Que, a partir del hecho descrito en la Declaración Informativa Policial del hoy recurrente de 5 de enero de 2005 (fojas 1) se formuló acusación ante el Tribunal de Sentencia de Quillacollo (fojas 3 a 5) contra el recurrente por los delitos de Parricidio, Robo Agravado y Violación en estado de inconciencia, para previo el respectivo Juicio Oral, dictarse Sentencia el 16 de febrero de 2006 (fojas 53 a 57 vlta.) declarando al imputado, Avelino Choque, autor de los delitos de Parricidio y Robo Agravado, condenándolo a sufrir la pena privativa de libertad de treinta años sin derecho a indulto, a cumplir en la Cárcel Pública de "El Abra" de la ciudad de Cochabamba, con costas al Estado averiguables en ejecución de Sentencia
- PARTES: Ministerio Público c/ Avelino Choque
- Parricidio y Robo Agravado
- CONSIDERANDO: Que, a partir del hecho descrito en la Declaración Informativa Policial del hoy recurrente
- Que, se declaró improcedente el Recurso de Apelación Restringida planteado por el imputado, Avelino Choque
- CONSIDERANDO: Que, la tramitación del proceso dentro de un plazo razonable es una de las
- Que, por ello se entiende que el plazo de duración máxima del proceso, previsto por
- Que, la mencionada Sentencia Constitucional establece que el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos
- En el mismo sentido, la Sentencia Constitucional 1042/2005 de 5 de septiembre, establece: "que el
- CONSIDERANDO: Que, la administración de justicia debe estar exenta de dilaciones indebidas, lo cual sucede
- Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable protege al imputado de aquellos actos injustificados
- CONSIDERANDO: Que en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados, se
- Celebrado el Juicio Oral Público Continuo y Contradictorio (fs
- CONSIDERANDO: Que en la especie, se establece, la aguda complejidad del caso de autos, dada
- CONSIDERANDO: Que, de los antecedentes ampliamente expuestos, se evidencia que, el plazo previsto por el
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
