CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 65 y vta., interpuesto por Claudio Miguel Ávila Navajas, en representación de la Alcaldía Municipal de San Lorenzo, Segunda Sección, Provincia Méndez del Departamento de Tarija, contra el Auto de Vista Nº 20/06 de 23 de febrero de 2006 (fs. 62 y vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso social que sigue Fernando Villa Vides, contra el Municipio recurrente, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de Tarija, emitió Sentencia Nº 81/05 de 29 de abril de 2004 (fs. 42-43), declarando probada la demanda de fs. 7-8, con costas, disponiendo que la entidad demandada, pague a favor del actor, la suma de Bs. 11.817.- por concepto de indemnización por 7 años, 2 meses y 20 días de servicio, desahucio, duodécimas de aguinaldo y vacación
- PARTES: Fernando Villa Vides c/ Honorable Alcaldía de Municipal de San Lorenzo
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la parte demandada (fs
- Que, contra el indicado auto de vista, el representante del Gobierno Municipal demandado, Claudio Miguel
- En el caso presente el actor, aunque hubiese sido contratado con anterioridad a la vigencia
- Concluyó solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dicte resolución casando el
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
