Luego de tales argumentaciones señala que adjunta en calidad de prueba la Sentencia No
Luego de tales argumentaciones señala que adjunta en calidad de prueba la Sentencia No. 018/2006, apelación incidental de 11 de diciembre de 2006, copia del Auto de Vista de 22 de octubre de 2007, memorial de apelación restringida de 13 de enero de 2007, Auto de Vista de 12 de noviembre de 2007 y Auto Supremo Nº 166/2005
- PARTES: Hugo Trujillo Villarroel c/ Santiago Mejía Gonzáles
- Calumnias, Injurias y Difamación
- VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto el 26 de noviembre de 2007 por Santiago Mejia
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
- CONSIDERANDO: Que, examinados los antecedentes del proceso, se evidencia que el Auto de Vista de
- Que, el recurrente en su recurso de casación arguye que en el Auto de Vista
- Señala que su persona manifestó que la prueba signada como A-1 es ilícita, consistente en
- Alega que se dio validez a una prueba ilegalmente obtenida y con defectos absolutos en
- Refiere que por otra parte, no se probó que su persona hubiera cometido el delito
- Manifiesta que el Tribunal de Apelación debió absolverlo también por el delito de Injuria, por
- Luego de tales argumentaciones señala que adjunta en calidad de prueba la Sentencia No
- CONSIDERANDO: Que, de obrados se tiene que el recurso de casación fue interpuesto dentro del
- Sin embargo, el recurrente si bien anexó el Auto de Vista de 22 de octubre
- Sin embargo comparados tanto el Auto de Vista de 22 de octubre de 2007 y
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
