Refiere que por otra parte, no se probó que su persona hubiera cometido el delito
Refiere que por otra parte, no se probó que su persona hubiera cometido el delito de injuria en contra de Hugo Trujillo, toda vez que no existe prueba fehaciente y contundente que lo demuestre, y especifique qué fue lo que su persona dijo en la presentación mediante "Power Point". Que en la Sentencia y en el Auto de Vista no se dice con certeza cuál fue la expresión manifestada por su persona que ofendió al querellante en su dignidad y decoro, limitándose el Auto de Vista a señalar que existen elementos de convicción que señalan al acusado como responsable de la comisión del delito, pero no mencionó la falta cometida
- PARTES: Hugo Trujillo Villarroel c/ Santiago Mejía Gonzáles
- Calumnias, Injurias y Difamación
- VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto el 26 de noviembre de 2007 por Santiago Mejia
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
- CONSIDERANDO: Que, examinados los antecedentes del proceso, se evidencia que el Auto de Vista de
- Que, el recurrente en su recurso de casación arguye que en el Auto de Vista
- Señala que su persona manifestó que la prueba signada como A-1 es ilícita, consistente en
- Alega que se dio validez a una prueba ilegalmente obtenida y con defectos absolutos en
- Refiere que por otra parte, no se probó que su persona hubiera cometido el delito
- Manifiesta que el Tribunal de Apelación debió absolverlo también por el delito de Injuria, por
- Luego de tales argumentaciones señala que adjunta en calidad de prueba la Sentencia No
- CONSIDERANDO: Que, de obrados se tiene que el recurso de casación fue interpuesto dentro del
- Sin embargo, el recurrente si bien anexó el Auto de Vista de 22 de octubre
- Sin embargo comparados tanto el Auto de Vista de 22 de octubre de 2007 y
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
