CONSIDERANDO:Que la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante Resolución Nº
DISTRITO: La Paz
PARTES: Jorge Rolando Velásquez c/ SENASIR
VISTOS:El recurso de casación en el fondo de fs. 372 a 373, interpuesto por Rene Arduz Ayllon en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, en su calidad de Director General Ejecutivo a.i respectivamente, contra el Auto de Vista Res Nro. 259/2008 SSA-II de 25 de noviembre de 2008 cursante a fs. 370 vlta pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de reclamación aduciendo que hubo un error en la calificación de la renta básica al igual que no se procedió a la calificación y liquidación de sus rentas complementarias así como solicitó la revisión de sus aportes en el Fondo Complementario Aeronáutico, que sigue Rolando Velásquez Lizarazu contra el SENASIR, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO:Que la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante Resolución Nº 019309 de 15 de diciembre de 1998 emitida por la Dirección General de Pensiones a fs. 98, resolvió otorgar renta básica de vejez, equivalente al 34% de su promedio salarial en el monto de Bs.1.397,01 a partir de noviembre de 1997
- AUTO SUPREMO Nº 298 Reclamación Sucre, 16 de junio de 2010
- CONSIDERANDO:Que la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante Resolución Nº
- Formulado el recurso de reclamación a fs
- El solicitante mediante reclamo formal cursante a fs
- Promovido el recurso de apelación por el demandante de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación interpuesto por la parte demandada de fs
- Finalmente concluyó solicitando en aplicación del art
- CONSIDERANDO II:Que, así expuestos los fundamentos del recurso, en el marco de los hechos denunciados
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- Que, a este efecto de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, y erróneo, haciendo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 16 de junio de 2010
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
