En la especie, de la revisión del cuaderno procesal se tiene que la empresa demandada
En la especie, de la revisión del cuaderno procesal se tiene que la empresa demandada ha tenido conocimiento de todos y cada uno de los actuados procesales que condujeron a la emisión del Auto Supremo No. 215 de 8 de septiembre de 2009 y auto de vista recurrido. Asimismo, a la empresa demandada en ningún momento desde la emisión de dichos fallos se le ha puesto en situación de indefensión, puesto que en la tramitación de todo el proceso no hizo observación alguna a las formas del proceso y es en esta instancia precisamente después de haber merecido resolución suprema, en una clara intención de dilatar el proceso y con un recurso carente de fundamentos jurídicos válidos es que pretende una nulidad a luces dilatoria del proceso
- AUTO SUPREMO Nº 304 Social Sucre, 16 de junio de 2010
- PARTES: Alejandra Isabel Coca Espinoza c/ Empresa CABLEBOL S.A
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primera del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulado en contra del A
- Posteriormente, contra el A
- CONSIDERANDO II: Que, del análisis de los antecedentes procesales y lo manifestado en el recurso,
- En la especie, de la revisión del cuaderno procesal se tiene que la empresa demandada
- II
- Por lo que no siendo evidentes las infracciones denunciadas, corresponde dar aplicación al art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 16 de junio de 2010
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
