Auto Supremo AS/0309/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0309/2010

Fecha: 29-Jun-2010

CONSIDERANDO: Que, el demandante en tiempo hábil y oportuno, recurrió de casación y/o nulidad impugnando


CONSIDERANDO: Que, el demandante en tiempo hábil y oportuno, recurrió de casación y/o nulidad impugnando el Auto de Vista de 14 de mayo de 2007, acusando la violación de los arts. 36, 38.I) y 383 del Código de Procedimiento Penal vigente (Ley 1970), artículos 87, 88, 90, 91, 92 y 93 del Código Penal; y afirmando que si bien no basó su acción en Sentencia ejecutoriada de proceso penal, fue porque el procesado falleció en el plenario de la causa, declarándose extinguida la acción civil de reparación de daños y perjuicios, donde el Juez no dictó Sentencia fundada en el art. 330 del Código de Procedimiento Penal de 1972; violándose este artículo, así como los arts. 190 y 193 del Código de Procedimiento Civil