Auto Supremo AS/0237/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2010

Fecha: 04-Ago-2010

En autos, si bien el recurso de casación fue planteado en la forma y en


En autos, si bien el recurso de casación fue planteado en la forma y en el fondo, analizándolo se advierten errores esenciales que incumplen la técnica procesal adoptada por la doctrina y la jurisprudencia y reguladas al tenor de lo previsto en el Art. 258 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil, pues no se fundamenta cuáles serían las causales de casación y pide " merezca el tratamiento de ley" casando el Auto de Vista Nº 352/2006, cursante a Fs. 639-640, aspectos que demuestran la imprecisión del recurrente a tiempo de la interposición del recurso, no señala con claridad cuáles serían las causales de casación, porque la casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo identificarlas por separado conforme a las causales insertas en la norma prevista por el Art. 253 del Cód. Pdto. Civ.; mientras que para el recurso de casación en la forma, que se funda en errores "in procedendo", referidas a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas, o sea la violación de las formas esenciales en la tramitación del proceso, que están especificadas en el art. 254 de la misma norma legal, lo que no ocurre en el caso en análisis, evidenciando deficiencia en su interposición, porque no precisa de qué manera se hubiera incurrido en violación, aplicación indebida o interpretación errónea de la ley, menos alega ni demuestra error de hecho o de derecho que se hubiera incurrido en la apreciación de los documentos presentados, citando únicamente el documento de fs. 567, pasando a realizar un relato más de lo ocurrido durante la tramitación del proceso, con escaso contenido jurídico, sin señalar puntualmente una causal de casación