Auto Supremo AS/0280/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0280/2010

Fecha: 24-Ago-2010

CONSIDERANDO: Que, sobre el particular, de la revisión minuciosa del recurso, se colige que el


CONSIDERANDO: Que, sobre el particular, de la revisión minuciosa del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los requisitos enumerados por el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil, de fundamentar por separado tanto el recurso de casación en el fondo como en la forma, en este marco y dada la naturaleza jurídica de cada acción extraordinaria, los fundamentos que se expongan respecto de cada uno de ellos, deben estar adecuadamente diferenciados, de modo tal, que el Tribunal Supremo lo considere en el efecto correspondiente. Técnicamente no existe recurso de casación cuando se plantea uno en el que no se concreta correctamente el reclamo como casación de fondo o casación en la forma, implicando ello el incumplimiento de la norma antes citada, que no puede ser subsanada por el Tribunal Supremo por cuanto no abre su competencia