CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, el Juez de Partido Primero del Trabajo y
DISTRITO: Beni
PARTES: Edgar Villar Añez c/ Caja de Salud CORDEZ
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 266-268, interpuesto por Jorge Ribera Vaqueros en representación de la Caja de Salud CORDES, regional Trinidad, contra el Auto de Vista de 31 de julio de 2006 de fs. 262-263, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, dentro el proceso social que sigue Edgar Villar Añez contra la entidad demandada, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, el Juez de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Trinidad, emitió la Sentencia Nº 16/2006 de 9 de mayo de 2006 (fs. 239-242), declarando probada la demanda y ordenando el pago de Bs. 17.979.- por los conceptos de desahucio, indemnización, vacación y aguinaldo
- AUTO SUPREMO Nº 347 - Social Sucre, 03 de agosto de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, el Juez de Partido Primero del Trabajo y
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada (fs
- Dicho fallo, motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- CONSIDERANDO II: Que interpuesto el recurso en los términos que se asume, se tiene que
- Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no
- Que, si bien en dichas alegaciones refiere a normas del código civil, empero no acusa
- Consiguientemente, corresponde resolver en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
