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    Auto Supremo AS/0393/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0393/2010

    Fecha: 30-Ago-2010

    De una exhaustiva revisión del expediente, se desprende objetivamente que desde la denuncia de 3


    De una exhaustiva revisión del expediente, se desprende objetivamente que desde la denuncia de 3 de mayo de 1998 (fojas 1), hasta la fecha, han transcurrido doce años, tres meses y días, sin que existan diligencias o actitudes dilatorias atribuibles al ahora sancionado, que hubieran provocado mora procesal
    • PARTES: Ministerio Público c/ Antonio Pinto Limachi y Otros
    • CONSIDERANDO: Que, Antonio Pinto Limachi, por memorial de fojas 558-559, solicita la extinción de la
    • CONSIDERANDO: Que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, establece que
    • Del análisis de los datos del proceso, se acredita que el caso sub lite se
    • De una exhaustiva revisión del expediente, se desprende objetivamente que desde la denuncia de 3
    • CONSIDERANDO: Que, la dogmática procesal estatuye las razones por las cuales se extingue la acción
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en desacuerdo con
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
    • Dra. Ana María Forest Cors
    • Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
    • Libro de Tomas de Razón 2/2010

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