Auto Supremo AS/0393/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0393/2010

Fecha: 30-Ago-2010

Del análisis de los datos del proceso, se acredita que el caso sub lite se


Del análisis de los datos del proceso, se acredita que el caso sub lite se inició de oficio el 3 de mayo de 1998 conforme consta a fs. 1 (es decir hace once años atrás tres meses y días), presentándose querella formal el 12 de mayo de 1998 (fs. 59) por parte de Eddy Montecinos Moya, denuncia formal por parte de Rosa Viamonte M. a fs. 63 y vlta. y posterior querella (fs. 162 y vlta.), se dictó el auto inicial de apertura del sumario de 15 de octubre de 1998 (fojas 109), el 17 de abril de 1999 se clausura la fase del sumario (fojas 448), y el 31 de octubre de 1997 se dicta el Auto Final de la instrucción mediante Auto de fs. 174 a 176 de obrados, que dispone el procesamiento de los incriminados Antonio Pedro Pinto Limachi, Jesús Anas Buezo y Carlos Eduardo Tinta, emitiéndose Sentencia en fecha 19 de agosto de 2003, después de haber transcurrido cuatro años, tres meses y días (fs. 540-542 y vlta., la misma que declara a Antonio Pedro Pinto Limachi, autor directo del delito de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, primera parte, imponiéndole la condena de privación de libertad en la modalidad de reclusión a 5 años; a Jesús Anas Buezo y Carlos Eduardo Tinta, ambos declarados rebeldes y contumaces a la ley, los declara autores del delito de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito segunda parte del Art. 261, imponiéndoles la sanción máxima de 2 años, mas resarcimiento de daños civiles a la parte querellante y costas al Estado; remitido el proceso en apelación el 15 de enero de 2004 (fojas 552), fue resuelto mediante Auto de Vista en 10 de junio de 2005 (fs. 564-565), confirmándose la sentencia en todas sus partes. Notificado el imputado el 22 de julio de 2005 (fojas 566), el 26 de julio de 2005 recurre de casación (fojas 567 a 568), siendo enviado el proceso y recibido en la Sala Penal Primera del Tribunal Supremo el 5 de diciembre de 2007 (fojas 579), remitiéndose en Vista Fiscal el 18 de enero de 2008 (fs. 580) retornando el 22 de septiembre de 2008 (fojas 587)