En grado de apelación deducida por Humberto Tapia Méndez (fs
En grado de apelación deducida por Humberto Tapia Méndez (fs. 89-88), la Sala Social Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista Nº 122/09 SSA-I, de 1º de junio de 2009, cursante a fs. 105, complementado en 14 de julio de 2009 a fs. 107, revocando en parte la Resolución Nº 1375/08 de 24 de diciembre de 2008, cursante a fs. 87-85, dictada por la Comisión de Reclamación, disponiendo la fusión de las rentas calificadas por el SENASIR y COSSMIL, sea en el 100% de cada una, en el monto que correspondía hasta antes de la fusión dispuesta en el Auto Nº 0010617 de 3 de octubre de 2008
- AUTO SUPREMO Nº 401 Reclamación Sucre, 28 de agosto de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional
- En grado de apelación deducida por Humberto Tapia Méndez (fs
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluye solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de conformidad a lo
- CONSIDERANDOII: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en función de los datos
- Que analizados los fundamentos del fallo recurrido, este Tribunal no halla evidentes las infracciones acusadas
- En mérito de tales antecedentes se concluye que las argumentaciones vertidas en el recurso que
- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso conforme previenen los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 28 de agosto de 2010
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
