Este fallo, motivó el recurso de casación de fs
Este fallo, motivó el recurso de casación de fs. 201-202, interpuesto por el Coactivado Ronald Andrade Arzabe, en el que fundamentó que como Director del Instituto Nacional de Laboratorios (INALSA), cumplió con sus deberes de profesional médico y de los principios del juramento Hipocrático, realizando descuentos en beneficio de la sociedad y la población necesitada, personas indigentes o de origen humilde, habiendo presentado oportunamente pruebas de descargo que justificaban los supuestos descuentos efectuados a pacientes de dicha institución médica, en los que se ha demostrado, que actuó con el fin de cumplir con uno de los derechos fundamentales establecidos en los arts. 7º de la C.P.E., de 1967 y 5 inc. e) y 8 del Cód. de Salud, que dispone que: "el derecho a la salud de los bolivianos, consiste en ser atendido por cualquier servicio médico público o privado en caso de emergencia, al margen de cualquier consideración económica o del sistema de atención médica a que pertenece el paciente", siendo que la institución en la que prestó sus servicios, es una entidad que pertenece al Servicio de Salud Pública y debería ser un lugar en el cual sea constante la ayuda social que se presta por ser un lugar de servicio en beneficio de la población y en resguardo del derecho a la vida y especialmente a la salud
- PARTES: Ministerio de Salud y Deportes c/ Ronald Andrade Arzabe
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, el Juez Segundo Administrativo, Coactivo Fiscal y
- En apelación deducida por el coactivado (fs
- Este fallo, motivó el recurso de casación de fs
- Concluyó solicitando se declare "procedente" del recurso de casación y se deje sin efecto el
- CONSIDERANDO II: Que así interpuesto el recurso, en base a los antecedentes del proceso se
- La referida exención si bien no la fundamenta adecuadamente el recurrente se encuentra prevista por
- Estas normas se sustentan en el principio de razonabilidad existente entre el acto u omisión
- Para aplicar la exención, tomando en cuenta las situaciones internas, se debe analizar si el
- Mientas tanto para aplicar la referida exención, considerando las situaciones de carácter externo, se debe
- Estas determinaciones razonables, constituyen la facultad que la ley otorga al servidor público para que
- La S.C. Nº 411/2000-R, señala que
- También sobre el derecho a la salud y a la seguridad social la SC 26/2003-R
- "En nuestro ordenamiento jurídico, el derecho a la salud es un derecho fundamental, que debe
- "El derecho a la seguridad social, como derecho constitucional, adquiere su esencia de fundamental cuando
- Por ultimo, la S.C. Nº 1527/2003-R, ya señalada precedentemente, estableció que
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- En conclusión, este tribunal considera que a momento de presentarse los descargos por el coactivado,
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en
- Sin multa por ser excusable y sin costas en aplicación del art
- Para resolución, previa convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Jorge I. Von Borries M
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
