Auto Supremo AS/0429/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0429/2010

Fecha: 14-Sep-2010

En consecuencia, al obviar señalar las contradicciones en términos precisos de los precedentes contradictorios invocados


En consecuencia, al obviar señalar las contradicciones en términos precisos de los precedentes contradictorios invocados por los recurrentes, se incumplió con los requisitos de admisibilidad del recurso de casación, sin que constituya contradicción alguna lo determinado por el Auto Supremo Nº 38 de 27 de enero de 2007, -que se refiere a que correspondía al Tribunal de Alzada allí mencionado, conceder un término de tres días para que se amplié o corrija el Recurso de Apelación Restringida, bajo apercibimiento de rechazo, y no declararlo improcedente- impidiendo la apertura de competencia del Máximo Tribunal y determinando por lo mismo, la inadmisibilidad del recurso interpuesto, conforme al art. 417 párrafos segundo y último del Código de Procedimiento Penal