Deducidas las apelaciones interpuestas, tanto por la entidad demandada, así como por el actor, la
Deducidas las apelaciones interpuestas, tanto por la entidad demandada, así como por el actor, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante el A.V. Nº 91/06 - S.S.A. - III, de fecha 21/4/2006, cursante de fs. 119-120, CONFIRMA EN PARTE la sentencia apelada, modificando los conceptos de vacación y aguinaldos, por lo que ordenó la entidad demandada debe pagar al actor la suma total de Bs. 45.332,95 (Cuarenta y cinco mil trescientos treinta y dos 95/100 Bolivianos), que deberá ser actualizado en ejecución de sentencia, conforme lo dispuesto por el D.S. Nº 23381 de 29/12/1992
- AUTO SUPREMO Nº 432 Social Sucre, 07 de septiembre de 2010
- CONSIDERANDO I:Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- Deducidas las apelaciones interpuestas, tanto por la entidad demandada, así como por el actor, la
- Es así que, dicho Auto de Vista motivó los recursos de casación, cuyos argumentos se
- Recurso de Casación en el Fondo y en la Forma de fs
- Concluye la recurrente solicitando a este tribunal CASAR el Auto de Vista recurrido, y deliberando
- CONSIDERANDO II: Que, así planteados ambos recursos, ingresando a su análisis se establece lo siguiente
- Que, a efectos de resolver el recurso de casación planteado, ingresando previamente a su análisis
- Consecuentemente, siendo evidente el incumplimiento de las formalidades exigidas por el art
- En mérito a lo expuesto y conforme las disposiciones legales contenidas en los arts
- Que, respecto a la acusación en el fondo: Referido al error de hecho en la
- Respecto del error de derecho en la apreciación de la prueba, por haber superado el
- Finalmente, respecto a la acusación en la forma de que el Auto de Vista recurrido
- Por lo que, corresponde dar cumplimiento a las disposiciones legales contenidas en los arts
- POR TANTO:La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la
- Y respecto al Recurso de Casación en el Fondo y en la Forma de fs
- Interviene el Ministro Hugo R
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 07 de septiembre de 2010
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
