Auto Supremo AS/0439/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0439/2010

Fecha: 23-Sep-2010

En ese sentido se tiene la jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia, en


En ese sentido se tiene la jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia, en los Autos Supremos Nos. 559 de 31 de octubre de 2007 y 128 de 4 de marzo de 2009 entre otros, que señalan:

"En efecto, en la Convención de Viena de 1988, se determinó que los hechos relacionados con sustancias controladas han sido considerados delitos de "lesa humanidad", porque ofende a la humanidad en su conjunto, hiere, daña y agravia la conciencia general y rompe las condiciones de vida pacífica y civilizada, norma internacional que halla su respaldo dentro de nuestro ordenamiento jurídico en lo dispuesto por el art. 145 de la Ley Nº 1008, estableciendo que los delitos de narcotráfico son delitos de "lesa humanidad", por ser considerados crímenes graves que constituyen una amenaza para la salud, la seguridad ciudadana y la existencia misma de la humanidad, contrarios al derecho internacional y que, además, son considerados "imprescriptibles" por "Tratados Internacionales" (Ley 2116 de 11 de septiembre de 2000), aspecto legal que, en atención a la política criminal asumida por el Estado boliviano de protección a la sociedad y de lucha contra la corrupción, impide declarar la extinción de la acción penal, al margen de las actitudes asumidas por la encausada durante la tramitación de la causa, que implican la dilación indebida del proceso; así por ejemplo, es pertinente destacar que si bien se presentó a las audiencias cuyas actas cursan a fs. 73, 76, 77, 78 y 84 de obrados; empero, lo hizo sin su abogado defensor"