Auto Supremo AS/0451/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0451/2010

Fecha: 29-Sep-2010

Que el artículo 298 del Código de Procedimiento Penal anterior, señala concretamente las causales de


Que el artículo 298 del Código de Procedimiento Penal anterior, señala concretamente las causales de casación en cuatro numerales, que nos informan sobre infracción directa, violación de leyes sustantivas, por no haberse aplicado correctamente sus preceptos. Aplicación indebida por violación de leyes sustantivas, por haberse aplicado sus preceptos a hechos no regulados por aquellas. Está la interpretación errónea y la infracción de la ley sustantiva, lo que no ha sido explicado por los recurrentes; infiriéndose la falta de fundamento en derecho el recurso de casación, pese a las citas de artículos del Código de Procedimiento Penal