Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
- AUTO SUPREMO Nº 481 Contencioso Tributario Sucre, 29 de septiembre de 2010
- CONSIDERANDO: Que presentada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación resulta una demanda nueva de puro derecho en la
- En el caso presente, el recurrente en su memorial de fs
- Por otra parte, el recurrente alegó la incorrecta valoración de la prueba presentada en el
- En consecuencia, se concluye que el recurrente no cumplió con los requisitos enumerados por el
- Que en ese marco legal, lo expuesto en el recurso resulta insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 29 de septiembre de 2010
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
