Que contra la resolución de vista la entidad coactivante interpone recurso de casación en el
Que contra la resolución de vista la entidad coactivante interpone recurso de casación en el fondo (fs. 742-743), al amparo del art. 253-1) del Cód. Pdto. Civ., expresando que el tribunal de alzada, viola normas sustantivas relacionadas con el caso de autos, entre ellas la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades, los lineamientos de formulación presupuestaria, el D.S. Nº 21364 cuya vigencia ha sido prorrogada por el D.S. Nº 21781 de 3 de diciembre de 1987 y la Ley Electoral, asimismo que no se procedió a efectuar un análisis pormenorizado de la prueba documental preconstituida presentada
- AUTO SUPREMO Nº 487 Coactivo Fiscal Sucre, 29 de septiembre de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal seguido de oficio por la Contraloría Departamental
- En grado de apelación deducida por la Contraloría Departamento de Chuquisaca (fs
- Que contra la resolución de vista la entidad coactivante interpone recurso de casación en el
- Concluye solicitando la concesión del recurso para que la Corte Suprema de Justicia, case el
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en función de los
- Que en el recurso que se analiza, se advierte que el recurrente, no impugna las
- Asimismo, en cuanto enuncia que no se procedió a efectuar un análisis pormenorizado de la
- Por lo relacionado, no siendo evidentes las infracciones aludidas en el recurso, corresponde resolver el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación del art
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal
