Auto Supremo AS/SNH/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/SNH/2010

Fecha: 14-Sep-2010

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a norma constitucional, tanto anterior como actual, la libertad es inviolable


CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a norma constitucional, tanto anterior como actual, la libertad es inviolable siendo deber primordial del Estado el respetarla y protegerla, sin embargo, este derecho no es absoluto porque puede ser restringido en los límites señalados por ley, motivo por el cual el legislador, atendiendo el mandato implícito contenido en la Constitución, de que toda restricción al derecho a la libertad sea en la medida de lo necesario por su utilidad para la consecución de fines constitucionalmente justificados, optó por otorgar a las medidas cautelares de naturaleza personal, únicamente fines de utilidad procesal como la efectividad del proceso y la ejecución de la sentencia, en los términos previstos en el artículo 221 del Código de Procedimiento Penal que establece que la libertad personal y los demás derechos y garantías reconocidos a toda persona, sólo podrán ser restringidos cuando sea indispensable para asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley