Auto Supremo AS/SNH/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/SNH/2010

Fecha: 14-Sep-2010

Respecto al peligro procesal previsto por el art


Respecto al peligro procesal previsto por el art. 233.2) del Código de Procedimiento Penal, elemento que también debe ser considerado a tiempo de disponer la medida cautelar; en particular el peligro de que el procesado no interfiera u obstaculice la investigación judicial o evada la acción de la justicia, debe ser evaluado en conexión con distintos elementos que durante el desarrollo del juicio se han dado, como el comportamiento procesal del imputado en la medida que se constituye en uno de los factores más certeros para determinar si tiene la voluntad de someterse al proceso