POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por el art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación presentado por Emiliano Ugarte, Sandra Ugarte Vaquera y Ximena Ugarte Vaquera a fs.128-129 vlta.
- CONSIDERANDO: Que, Emiliano Ugarte, Sandra Ugarte Vaquera, Víctor Ugarte Vaquera y Ximena Ugarte Vaquera, en
- Con tales argumentaciones, pide se admita el Recurso de Casación y se anule el Auto
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
- Que, examinados los hechos y antecedentes del caso, se evidencia que el Auto de Vista
- Por otra parte se establece que no anexó copia de la apelación restringida en la
- No es suficiente presentar el recurso dentro del plazo previsto por Ley, sino que el
- En consecuencia al no cumplir el Recurso de Casación interpuesto por Emiliano Ugarte, Sandra Ugarte
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
