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4.- Esa Resolución fue impugnada mediante la interposición de recurso jerárquico por el Gerente de la Administración Tributaria de Santa Cruz, con los siguientes argumentos: a) La Concesión Minera adquirida por EMIPA no se encuentra aún en producción, razón por la cual los gastos efectuados a ese propósito no están vinculados a la actividad realizada; b) Los gastos de reforestación no están contemplados en la estructura de costos de esa empresa, ni tienen incidencia alguna en las exportaciones (fojas 30 a 33)
- AUTO SUPREMO: 254/2011
- FECHA: Sucre, catorce de diciembre de dos mil once
- VISTOS EN SALA PLENA: la demanda contencioso-administrativa presentada el 18 de enero de 2006 por
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
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- Entonces, el contencioso administrativo es como su nombre indica, una contención o controversia que se
- Procédase a la devolución de los antecedentes administrativos remitidos a este Tribunal por la autoridad
- Esta sentencia, de la que se tomará razón donde corresponda, es pronunciada en Sucre, a
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- Ministro Relator: José Luis Baptista Morales
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Ramiro José Guerrero Peñaranda
- Amelia J. Mújica Santalla
- Secretaria de Cámara
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