Auto Supremo AS/0020/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0020/2011

Fecha: 03-Feb-2011

En autos, se colige que tramitado el juicio oral y público, concluyó con la sentencia


En autos, se colige que tramitado el juicio oral y público, concluyó con la sentencia de fojas 257 a 264, por la que los miembros del Tribunal de Sentencia de la ciudad de Caranavi, en forma unánime y conjunta, declara: 1) al imputado Julio Machaca Mamani, autor del delito de robo y robo agravado, sancionado por los artículos 331 y 332 del Código Penal, condenándolo a la pena de privación de libertad de 7 años de reclusión, a cumplir en el Penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, con costas y perjuicios a calificarse en ejecución de fallo; 2) a los imputados Juan Carlos Rodríguez Illanes y Antonio Modesto Vásquez Barra, autores del delito de complicidad del delito de robo sancionado por los artículos 331 y 332 del Código Penal, condenándolos a cada uno a la pena de privación de libertad de 2 años de reclusión, a cumplir en el Penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, con costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia. Y, en observancia del artículo 368 del Código de Procedimiento Penal, concede a ambos el Perdón Judicial por tratarse de un primer delito y existir arrepentimiento, disponiendo se libre mandamiento de libertad definitiva, siempre y cuando no estuvieren detenidos por otra causa