Auto Supremo AS/0048/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0048/2011

Fecha: 16-Feb-2011

CONSIDERANDO: que en atención a los argumentos expuestos en el recurso de casación, se llega


CONSIDERANDO: que en atención a los argumentos expuestos en el recurso de casación, se llega a las siguientes conclusiones:

1.- En lo relativo al cuestionamiento sobre la falta de pronunciamiento expreso de la adhesión al recurso de apelación planteado por Sofía Gutiérrez Ramos, esa denuncia no tiene asidero legal debido a que el impetrante olvidó que el Código de Procedimiento Penal de 1972, no contempla la figura de "adhesión" a un recurso de apelación, como previene el artículo 395 del Código de Procedimiento Penal de 1999. Bajo criterio distinto, el artículo 279 del código de Procedimiento Penal de 1972 explica que, "cuando en una causa hubiere varios procesados, el recurso interpuesto por uno de ellos favorecerá a los demás, a menos que los motivos en que se basen fueren exclusivamente personales"